ISSN: 0213-2052 - eISSN: 2530-4100
DOI: https://doi.org/10.14201/shha30283

EL PAPIRO BGU 4.1024, PP. 6-8, ENTRE REALIDAD Y FICCIÓN: UNA (RE)EVALUACIÓN DE SU USO COMO FUENTE HISTÓRICA*

The Papyrus BGU 4.1024, pp. 6-8, between Reality and Fiction: a (Re)assessment of its Use as a Historical Source

Javier VERDEJO MANCHADO

Universidad de Oviedo

verdejojavier@uniovi.es

ORCID: https://orcid.org/0000-0002-0928-4332

Fecha de recepción: 13-9-2022Fecha de aceptación: 22-12-2022

RESUMEN: El papiro BGU 4.1024, pp. 6-8 (mediados del s. IV d.C.) contiene el registro de un proceso judicial en el que un hombre es acusado y condenado por haber matado a una prostituta en Alejandría. El texto del papiro, dados los acontecimientos que en él se narran, resulta ser de gran interés histórico para conocer el trasfondo político y social de la época y el lugar en el que fue puesto por escrito. No obstante, prácticamente desde el momento de su publicación han surgido dudas respecto a su autenticidad, ya que parece contener altas dosis de ficción literaria. En este artículo se hace un repaso crítico a las distintas teorías acerca de su autenticidad y se propone una nueva interpretación a este respecto basada en las características internas del propio texto y su vinculación con el ambiente literario de la época.

Palabras clave: Papiros; Prostitución; Proceso Judicial; Alejandría; Progýmnasma; Etopeya.

ABSTRACT: The papyrus BGU 4.1024, pp. 6-8 (mid-4th century AD) contains the record of a criminal trial in which a man is accused and convicted of killing a prostitute in Alexandria. The papyrus’s text has a great historical interest in order to show the political and social background of the time and the place where it was written. However, doubts have arisen regarding its authenticity practically from the moment of its publication, since it seems to contain high doses of literary fiction. In this paper a critical review of the different theories about its authenticity is made and, in addition, a new interpretation is proposed in this regard based on the internal characteristics of the text itself and its link with the literary environment of the time.

Keywords: Papyri; Prostitution; Criminal Trial; Alexandria; Progymnasma; Ethopoeia.

1. INTRODUCCIÓN

Entre los numerosos hallazgos papiráceos del Egipto bajo Imperial hay uno de especial singularidad tanto por su forma y contenido, como por su trascendencia en los estudios modernos sobre aspectos concretos de la historia de su lugar de procedencia. Se trata del registro de un proceso judicial dirigido contra un hombre al que se acusa de matar a una prostituta en Alejandría (BGU 4.1024, pp. 6-8). Ahora bien, el texto cuya autenticidad en principio no fue puesta en duda, en realidad, como a menudo se ha venido señalando, parece contener altas dosis de ficción literaria, lo que, efectivamente, invalidaría su uso como fuente histórica o al menos el de aquellas partes que sean producto de la invención. Son varios los trabajos que desde diferentes puntos de vista coinciden en destacar esa mezcla de ficción y realidad que se ve plasmada en el relato del papiro, si bien ninguno de ellos aporta argumentos precisos que nos permitan distinguir cuál o cuáles son los componentes literarios y cuáles los reales.

En las líneas que siguen a continuación nos proponemos analizar ciertas peculiaridades externas e internas del texto papiráceo con el objeto último de intentar dar una explicación satisfactoria a su naturaleza, al mismo tiempo que valorar su uso como documento histórico.

2. EL PAPIRO

El registro del proceso judicial no es un hallazgo aislado, sino que forma parte de un códice de papiro procedente de Hermópolis Magna. El códice o, mejor dicho, lo que se conserva de él —unas 24 páginas legibles—, contiene textos de muy diversa índole1: 1.- listas de compras y gastos (pp. 1, 12, 13, 17, 19-21, 25, 26, 282); 2.- siete registros de procesos judiciales (pp. 3-8 = BGU 4.1024); 3.- cuatro recibos de compra de abastecimientos militares (pp. 15-16 = BGU 4.1025); 4.- textos mágicos (pp. 9, 22-23 = BGU 4.1026), y 5.- una carta oficial (pp. 26-27 = BGU 4.1027)3.

El primer editor del papiro, Schubart, “BGU 4.1”, 14, basándose en argumentos puramente paleográficos dató el códice entre los siglos IV y V d.C. Ahora bien, los documentos que contiene no parecen pertenecer a la misma época —aunque sí próxima, al menos la mayoría de ellos—. De hecho, ni siquiera fueron copiados en el códice al mismo tiempo, como indican los cinco tipos distintos de escritura que en él aparecen4. En cualquier caso, los textos 3 y 5 han podido ser fechados con bastante seguridad en torno al año 359 gracias a la ubicación temporal de dos de las personas mencionadas en ellos: Aurelio Filamón, ἐπιμελητής de Hermópolis, activo entre los años 357 y 394 d.C.5, y Flavio Domicio Asclepíades, comes flavialis, que ocupó su cargo entre el 357 y el 359 d.C.6 No es posible datar de manera precisa los grupos de textos 1, 2 y 4. Las listas de compra, si en realidad, como apuntan Poethke et al., Das Aktenbuch, 18-19, estaban relacionadas con los abastecimientos militares, deben de remontar a la misma época que estos, es decir, a mediados del s. IV d.C. Los procesos judiciales, por su parte, en contra de lo que cabría esperar, no están fechados, aunque, a juzgar por el uso de ciertos términos relacionados con la política —προπολιτευόμενος (6.3), πολιτευόμενοι (6.11), ἐπαρ[χιῶ]ται (6.24-25)—, también parecen pertenecer al s. IV d.C.7 Y, por último, en cuanto a los textos mágicos, dada su naturaleza, estos pudieron ser creados en fechas muy dispares8.

3. EL SÉPTIMO REGISTRO JUDICIAL (BGU 4.1024, PP. 6-8): TEXTO Y TRADUCCIÓN

Los registros de los siete procesos judiciales están escritos en ambas caras de las hojas del papiro con la siguiente correlación: 3 y 4, 5 y 6, 7 y 89. La redacción de los procesos en las hojas del códice es continua, con una pequeña separación entre ellas si dos se suceden en la misma página. De este modo, aunque en algunos procesos haya partes que no se han conservado totalmente, es posible contabilizar el número de líneas que ocupaba cada uno. Los procesos 1-6, que se extienden desde la hoja tercera hasta el comienzo de la sexta, son textos breves de entre 9 y 18 líneas, y están bastante deteriorados.

El séptimo proceso, el más largo con mucho de los allí contenidos, se compone de 77 líneas con un desigual estado de conservación. Comienza en la línea tercera de la sexta página y finaliza en la línea vigesimoprimera de la octava. El texto ya en la Antigüedad fue sometido a dos correcciones, que parecen proceder de manos distintas de las del copista original, una que reescribe o elimina lo que es considerado incorrecto10 y otra que sobrescribe lo que considera necesario suplir11. Aun así, a pesar de estas correcciones, perviven muchos errores ortográficos12, de los que, por otra parte, no están exentos ni las propias correcciones13.

Aunque el papiro está deteriorado en varios puntos, permite una lectura general de su contenido, que, no obstante, ofrece ciertos problemas de interpretación derivados tanto de las lagunas como de los numerosos errores que presenta. A continuación, ofrecemos una lectura crítica basada en la edición de Poethke et al., Das Aktenbuch, 30-32, pero que diverge de ella en varios puntos, y la complementamos con un aparato crítico que amplía el ya ofrecido por estos autores14:

p. 6

 

 

 

[π]ρός τινα προ<πο>λιτευ̣ό̣μενον καλούμενον

 

Διόδημον Ἀλ̣εξανδρε̣ύ̣ς ἐρασθέντα πόρ-

5

νης δημοσίας̣ . . μ̣.η̣. σ̣υ̣ν̣εχώς δὲ ἥσθει

 

ὁ Διόδημος πρὸς τῆς πόρνης κατὰ τὰς [ἑ]σ̣περι-

 

νὰς ὥρας. ὁ οὖν Διόδημος ἐφόνευσεν

 

τὴν πόρνην, καὶ τοῦτο γνοὺς ὁ Ζεφύριος

 

κ̣ελεύει τὸν Διόδημο̣ν̣ ἀναλημφθῆναι

10

τῷ δεσμωδη̣ρίῳ. τῇ οὖν ἑξῆ̣ς ἡμέρᾳ

 

οἱ πολιτευόμενοι Ἀλεξανδρείας μετὰ τὼ

 

ἀσπάζ̣ε̣σ̣θαι τὸν Ζεφύριον ἠξίουσαν

 

Διόδημον ἀπολυθῆν̣α̣ι̣ καὶ μηδέ ὅλως

 

ἀκουσθῆναι αὐτόν. ἔδοξεν τῷ Ζεφυρίῳ

15

ἄλογον εἶναι τὴν ἄξωσιν τῶν πολι-

 

τευομένων πλὴ<ν> συνέθετο ἀπολύσ[ειν]

 

τὸν Διόδημον, οὐκ ἀληθής. ὅτε οὖν

 

ἐξῆλθεν ἐκ τῆς οἰκείας αὐτοῦ ὁ Ζεφύριος

 

μετὰ τὸ ἀσπάζεσθαι αὐτὸν ἔν[δ]ημοι ἠξί-

20

ωσαν αὐτὸν <μὴ> ἀπολῦσαι Διό[δη]μον. εὑρὼν

 

οὖν πρόφασιν ὁ Ζεφύριο[ς λέ]γει τοῖς

 

πολιτευομέν[ο]ις· “οὐκ[έτ]ι̣ [δύ]ναμαι ἀπο-

 

[λῦσ]αι Διόδημον καθὼς̣ [ἐπη]νγιλάμην

 

[ὑμῖν] ἐπειδὴ καὶ [ο]ἱ λυποὶ [ξ]ένοι καὶ ἐπαρ-

25

[χιῶτ]αι ἔγνωσαν τὴν κατὰ Διόδημον

 

[…]ε̣ις ἀ̣πὸ τῶν̣ βοώντων”

 

[ …… ἠνάγκ]α̣σαν ο̣ὖ̣ν λέγοντες·

 

[“καὶ σοὶ συμ]φέρει καὶ ἡμῖν καὶ Διόδημον

 

[φυλαχθῆναι] αὐτὸν ἐν τ̣ῷ δεσμωτηρίῳ

3 π⟦ρ⟧ολιτευόμενον pap. : πολιτευόμενον Schubart : προ<πο>λιτευόμενον Wilcken ǁ 4 pro Ἀλεξανδρέα ǁ 5 δημοσίας Schubart, Kan.-Pap. : δημοσίᾳ Poethke | ἥσθει pap. (pro ἥσθη aut ἤσθει Poethke : pro ἤσθιε Schubart) : ἠσθ<έν>ει Wilcken : ἥσθη Keenan ǁ 10 δεσμωδηρίῳ Wilcken : δεσμωτηρίῳ Schubart : δεσμωδερίῳ Poethke ǁ 11 μετὰ τώ (pro τό) Kan.-Pap. : ἐ̣ν̣ τῷ Poethke ǁ 12 pro ἠξίωσαν Schubart : pro ἠξίουν BL 1.89 ǁ 13 ⟦καὶ⟧ Schubart ǁ 15 αλ᾿ογον pap. | ἄξωσιν (pro ἀξίωσιν ) : ἀξίοσιν Wilcken ǁ 16 συν᾿εθετο pap. ǁ 17 ἀληθής corr. ex αληθες ǁ 18 ἐξῆλθεν corr. ex εξερθεν ǁ 19 ενδ⟦ι⟧`η´μοι pap. (η supra ι scripta) ǁ 20 <μὴ> Wilcken ǁ 24 pro λοιποί ǁ 26 πρόθεσιν πίστ]ε̣ι̣ς̣ Schubart | ἀπὸ τῶν Schubart (α ex corr.) : μ̣ισθ̣ὸν τῶν Wilcken, ǁ 27 ἠνάγκ]α̣σαν Poethke (duce Schubart) : ̣ ̣]α̣σαν Wilcken : [λαβόντες ἔπει]σαν Schubart ǁ 28 Διοδήμῳ (ω ex ο corr.) Kan.-Pap. Διόδημον pap. ǁ 29 δεσμωτ⟦ε⟧`η´ριω pap. (η supra ε scripta).

p. 7.

 

η̣ . ο̣ [ ± 2 κ]αί [± 7 ] σ̣α̣ …… [.τὴν]

 

δι[καί]α̣ν δ̣οκ[ιμασία]ν̣ αὐτοῦ ἀξι[οῦμεν]

 

καὶ τὰς τῶν [ἄλλω]ν̣”. ἠξίωσαν οὖν̣

 

προεναιχθ[ῆναι ἀ]πὸ τοῦ δ[ε]σμωτηρί[ου]

5

καὶ ἀκουσθῆ[ναι αὐτόν]. ὁ δὲ προεναι`χ´θεί[η̣]

 

καὶ ἐξ ἐπα[± 6] καὶ νομίζων αὐτὸν

 

ο̣τ̣ι̣ο[.]τ̣ονγετα̣ [ .. ὡ]μ̣ολόγησεν πεφονη-

 

κέναι τὴν πό̣[ρν]ην. ἡ δὲ μήτηρ τῆς

 

πόρνης Θ̣[ε]ο̣[δώ]ρα τις γραῦς καὶ πένη̣ς̣

10

ἠξίου καταναγ̣κ̣ασθῆναι [Δ]ιόδημον

 

παρασχεῖν αὐτῇ ε̣ἰ̣ς λόγον [δι]ατροφῶν

 

ὀλίγ̣η̣ν τινὰ τοῦ βίου̣ παραμυ̣θίαν. ἔλεγε

 

γάρ, ὅτι “διὰ τοῦτο δέδωκά μ̣[ο]υ̣ τὴν θυγα-

 

τέρα πορνοβοσκῷ, ἵνα δυνηθῶ δια-

15

τραφῆναι. ἐπεὶ οὖν τῆς θυγατρός μου

 

[τ]ελευτησάση̣ς̣ ἀπεστερήθην τῶν τροφῶν

 

διὰ τοῦτο ἀξιῶ δοθῆναί μοι ὡς μετρίᾳ

 

γυναικὶ{α} ὀλίγα πρὸς διατροφήν”.

 

ὁ [ἡγ]εμών·

20

“ἀπέσφ̣α̣[ξ]ας γυναῖκα, Διόδιμε, αἰσχρῶς

 

τὴν ἐπ᾿ ἀ[ν]θρώποις τύχην ὀνειδίζου-

 

σαν ὅτι [τὸν μ]ὲ̣ν βίον ἀσέμνως διῆγεν,

 

τὸ δὲ τέ̣[λος ὅ]μ̣ως νῦ πε̣ριὸν ἐκαπήλευ-

 

εν. καὶ μ[έντο]ι ἐλεήσῃ̣ς̣ τὴν δυσδέμ̣[ον]α

25

ὅτι ζῶ[σ]α [π]ροσεφέ̣ρετο τοῖς βουλ̣[ομένοις]

 

ὡς νεκρά. ἔπεζεν γὰρ πε[ρισσῶς ἡ]

 

πενεία τύχης πωλοῦσ[αν] α̣[ὑτὴν πρὸς]

 

ἀτιμάζουσαν τιμ̣ὴν καὶ φ̣[ήμην πόρ-]

 

νης ἀντικ̣[ι]χομένην. [ ± 11 γυ-]

30

νεκῶν, ὅτ[ι τ]ῷ ζῆν πρ̣[ ].

1 Poethke : om. Schubart ǁ 2 δι[καί]α̣ν δ̣οκ[ιμασία]ν̣ Poethke : δι[ .…]ον κ̣[ .…]ν̣ Schubart ǁ 3 οὖν̣ Schubart : αὐτ̣[όν] Kan.-Pap. ǁ 4 pro προενεχθῆναι ǁ 5 ἀκουσθῆ[ναι αὐτόν] Schubart : αὐτόν om. Kan.-Pap. | ὁ δὲ Schubart : ὅτε Kan.-Pap. | προεναι`χ´θειη (χ supra ι scripta; pro προενεχθείη) Poethke : π̣ρο̣ενο̣ί̣θη δ̣ὴ̣ Schubart ǁ 6 ἐξ ἐπα[± 6] Poethke : ἐξε . . α[…..] Schubart ǁ 7 ο̣τ̣ι̣ο[.]τ̣ονγετα̣ Schubart : διε̣[γ]γυ[ᾶ]σ̣θαι Poethke | [ .. ὡ]μ̣ολόγησεν Poethke : [ … ὁ]μολ̣ογήσ̣ιν Schubart | pro πεφονευκέναι ǁ 17/18 μετρίᾳ γυναικὶ{α} BL 8.39 : μέτρια γυναικῖα Schubart ǁ 20 pro Διόδημε | αἰσχρῶς corr. ex ασσχρως ǁ 23 νῦ (pro νῦν) πε̣ριὸν Poethke : ν̣υ̣π̣ε̣ριον Schubart ǁ 24 μ[έντο]ι Poethke : μ[ὴ]ν̣ Schubart | ἐλεήσῃ̣ς̣ Poethke : ἐ̣λ̣έησα Schubart | δυσδέμ̣[ον]α (pro δυσδαίμονα) Kan.-Pap. : δυσδεί̣[μον]α Poethke (duce Schubart) ǁ 26 pro ἐπίεζεν | πε[ρισσῶς? αὐτὴν ἡ] Schubart ǁ 27 πωλοῦσ[α αὐτὴν πρὸς] Wilcken : πωλοῦσ[αν σῶμα? καὶ] Schubart ǁ 29 pro ἀντικιχανομένην | [πλήρη πόνων διη]νεκῶν Schubart ǁ 30 pro γυναικῶν.

p. 8

 

[ ± 4 ] . . ο̣σ̣ε̣[ ] . τ̣[ύχ]η̣ν

 

[τὰ δε]ινὰ διεξέ̣ρ̣[χομαι. π]ό̣ρ̣ν̣ης π̣[τωχ]ῆ̣ς

 

[αὐθ]έντῃ ἀναγκε̣ί̣[ως δ᾿ ἐ]παράτω.

 

[ὡ]μ̣ολ̣όγι[σ]α̣ τὸ τ̣[ῆς γυμ]ν̣ῆς ἀξιούσης

5

τ̣ὸ̣ μαρτύρημα [τοῖς] ζῶσιν. ἀλλ᾿ ἵνα

 

μὴ οὕτως ἐξῆς π̣[αρὰ ἐ]μ̣μένον vac.

 

τὸ σεμο̣νὸν τοῦ βο[υλευ]τ̣ηρίου δ̣ρᾶν

 

ἐθελήσῃς, κελεύ̣[ω ὥ]σπερ καθέρων

 

τὴν τῆς πόλεως [καὶ τοῦ] βουλευτηρίου

10

κόσμησι[ν] ξίφι σαι κ̣α̣ταβληθῆναι

 

ὡς φονέα. Θεοδώρα δὲ αὐτῆς

 

π̣ενιχ[ρ]ὰ καὶ πρεσβῦτης ἡ̣ μήτηρ

 

τῆς ἀπ[ελ]θούσης, ἥτις δ̣ι̣ὰ̣ τὴν συν-

 

έχουσαν αὐ̣τὴν πενίαν τὴν ἑαυτῆς

15

[θυγ]ατέραν τῆς σωφροσύνης̣ ἀ̣πεστέρη-

 

σε̣ν, δι᾿ ἣν καὶ αὐτὴν ἀπώλεσαι, κληρο-

 

νομήσι δέκατον μέρος τῶν ὑπαρ-

 

χόντων Διοδήμῳ, τοῦτό μοι τῶν

 

νόμων ὑποβαλλόντων τῆς φιλανθρω-

20

πίας συνπνευσάσης τῇ τῶ[ν] νόμων

 

ἐξουσίᾳ”.

1 Poethke : om. Schubart ǁ 2 [τὰ δε]ινὰ διεξέ̣ρ̣[χομαι. π]ό̣ρ̣ν̣ης π̣[τωχ]ῆ̣ς Poethke : [οὐχ] ἵνα δ̣ιεξ .. [ .….…] . ησι̣[ .…]ως Schubart ǁ 3 ἀναγκε̣ί̣[ως (pro ἀναγκαίως) Poethke | ἐ]παράτω Poethke : παρὰ τῷ Schubart ǁ 4 pro ὡμολόγησα : [ …]ολ̣ογ̣ι̣σ̣α̣το π̣[…..]ε̣ι̣ης Schubart | γυμ]ν̣ῆς Poethke: πορ]ν̣ῆς Kan.-Pap. ǁ 5 τὸ corr. ex τόν | [τοῖς] ζῶσιν Poethke : [……]ρ̣ωσιν Schubart ǁ 6 pro π[αρὰ τὸ ἐ]μμένον Schubart ǁ 7 σεμονὸν (pro σεμνὸν) Poethke : σεμνὸν Schubart ǁ 8 καθέρων pro καθαίρων Poethke : pro καθαιροῦντα Schubart ǁ 10 pro ξίφει σε ǁ 11 pro αὐτὴ ǁ 12 pro πρεσβῦτις ǁ 15 θυγαρέρα⟦ν⟧ Schubart : θυγαρέρᾳ Poethke, Kan.-Pap. ǁ 16 pro ἀπώλεσε | pro κληρονομήσει.

p. 6

(3) Contra cierto jefe de la curia15 llamado / (4) Diodemo, alejandrino, que tuvo una relación con una prostituta / (5) pública […] y acostumbraba con asiduidad / (6) Diodemo a visitar a la prostituta en las horas de la tarde. / (7) Pues bien, Diodemo mató / (8) a la prostituta y, una vez que se entera Cefirio, / (9) ordena que Diodemo sea llevado / (10) a la cárcel. Pues bien, al día siguiente / (11) los curiales de Alejandría, después de / (12) saludarlo, le pidieron a Cefirio que / (13) soltara a Diodemo y que de ningún modo / (14) le interrogase. Le pareció a Cefirio / (15) que la petición de los curiales no era razonable, / (16) pero les prometió que iba a liberar / (17) a Diodemo —no era verdad—. Pues bien, cuando / (18) salió de su casa Cefirio, / (19) después de saludarlo, unos ciudadanos le pidieron / (20) que no liberara a Diodemo. Pues bien, como había encontrado / (21) Cefirio un pretexto, dice a los / (22) curiales: “aún no puedo / (23) liberar a Diodemo como os anuncié, / (24) puesto que incluso los demás extranjeros y / (25) provinciales se enteraron de la […] de Diodemo / (26) […] a partir de los que gritaban” / (27) […]. Pues bien, le obligaron (sc. los ciudadanos) diciendo16: / (28) “tanto a ti como a nosotros nos conviene que Diodemo / (29) sea custodiado en la prisión.

p. 7

(1) […] / (2) pedimos (sc. los ciudadanos) su justa investigación y / (3) la de los demás”. Pues bien, pidieron / (4) que se le sacara de la prisión / (5) y se le interrogase17. Él, que salga de prisión18 / (6) y a partir de […] y considerando que él (sc. Diodemo) / (7) […]19 reconoció que había matado / (8) a la prostituta. Y la madre de la / (9) prostituta, una tal Teodora, vieja y pobre, / (10) pedía que Diodemo fuera condenado a / (11) procurarle a ella en razón de su subsistencia / (12) una pequeña compensación por su vida (sc. la de su hija). Pues decía: / (13) “por eso he entregado a mi hija / (14) a un proxeneta, para poder mantenerme. / (15) Por tanto, puesto que, tras morir mi hija, / (16) me han privado de mi sustento, / (17) por eso, pido que se me dé, como / (18) mujer modesta, un poco para subsistir”. / (19) El juez20: / (20) “Diodemo, mataste a una mujer que vergonzosamente / (21) despreciaba la condición humana, / (22) porque llevaba una vida indigna, / (23) y comerció con su final, que ahora le ha sobrevenido de la misma manera. / (24) Pero, sin embargo, deberías mostrar piedad ante la desdichada, / (25) porque cuando vivía se entregaba a los que quisieran / (26) como un cadáver. Pues la oprimía sobremanera la / (27) pobreza de su suerte, a ella que se vendía a sí misma / (28) por un precio deshonroso y la reputación / (29) de prostituta que le iba a llegar […] / (30) de las mujeres, porque al vivir […].

p. 8

(1) […] suerte / (2) estoy narrando sucesos terribles. Al responsable de la muerte de una pobre prostituta / (3) hay que maldecirlo obligatoriamente. / (4) He reconocido la petición de la desvalida21 / (5) como testimonio para los vivos. Pero para / (6-8) que en lo sucesivo no estés tan en disposición de actuar / (7) contra la dignidad del consejo, ordeno, como si limpiase / (9) la honorabilidad de la ciudad y del consejo, / (10) que seas abatido por la espada / (11) como asesino. En cuanto a Teodora, / (12) madre necesitada y anciana de / (13) la difunta, que a causa de / (14) la pobreza que la oprimía / (15) privó a su propia hija de su decencia, / (16) por la cual ella también pereció, heredará / (17) la décima parte de los / (18) bienes de Diodemo, porque las / (19) leyes me lo dictan y la humanidad / (20-21) armoniza con la autoridad de las leyes”.

4. AUTENTICIDAD DEL REGISTRO: ESTADO DE LA CUESTIÓN

En un primer momento la autenticidad del registro, sin mayor consideración, no se puso en duda y se interpretó como un extracto de los diarios oficiales (ὑπομνημαστιμοί) de la autoridad juzgadora22. Ahora bien, no tardaron en surgir trabajos que ponían de relevancia el fuerte componente literario que contiene, vinculándolo con las prácticas de los ejercicios retóricos de declamación o la novela, una idea que ha sido repetida en un buen número de estudios posteriores23, pero siempre de forma breve y poco concreta, sin analizar el texto, sino a modo de apreciaciones de carácter superficial. En cualquier caso, todos coinciden en señalar que se trata de un proceso judicial real aderezado con una alta dosis de ficción literaria, sin llegar a concretar dónde reside y en qué consiste este componente24.

Un estudio más profundo del contenido del papiro es el que ofrecen Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”. Estos autores, tras realizar un detallado análisis e identificación de las alusiones del texto a la realidad social y al sistema legal de la época25, ponen énfasis en los numerosos paralelos temáticos con los procesos judiciales que se describen en la novela griega26. La peculiaridad del caso, el tono retórico general, la narración de los hechos, que incluye numerosas partes en estilo directo y, especialmente, el ideal de justicia y equidad que emana de la figura del juez y su sentencia estarían en clara relación con el relato novelesco, donde a menudo se dan esas mismas características. Según estos autores, el registro judicial, por tanto, más allá de aquellos elementos reales que habría utilizado para conferir verosimilitud a la narración, debe de ser producto de la ficción. Al igual que los juicios de la novela, no puede ser visto como un reflejo real del funcionamiento del sistema legal romano en este período, pero sería una muestra de la actitud y la mentalidad de la época frente al crimen y su tratamiento por parte de la ley27.

Ahora bien, a pesar de que la relación del contenido del papiro con la novela resulta convincente, a la hora de hablar del propósito del texto y su naturaleza estos autores vuelven a caer en propuestas, como ellos mismos reconocen, especulativas y poco fundadas, algunas de ellas además ya formuladas con anterioridad. Y es que el formato en el que se presenta el texto plantea muchos interrogantes difíciles de resolver desde este punto de vista. Así Kanavou-Papathomas28 lanzan una batería de hipótesis alternativas que, sin embargo, lo cierto es que suscitan más dudas de que las que resuelven: ¿eran textos para el entretenimiento?, ¿textos de uso práctico como material para ser usado en las escuelas de retórica?, ¿ejemplos de construcciones retóricas para jueces, funcionarios judiciales, abogados, etc.?, ¿era el comienzo de un libro incompleto sobre el crimen o una selección de lo que podría ser un libro mucho más grande? ¿su autor era alguien relacionado con el sistema judicial o un novelista que buscaba en los juicios una fuente de inspiración?

El problema fundamental de todas estas propuestas parece residir en la indeterminación de la naturaleza del texto, que sigue sin resolverse. Y es que los intentos de determinación de su autenticidad realizados hasta ahora han estado supeditados al estudio de otras facetas suyas. Es por ello por lo que las apreciaciones a menudo han sido superficiales, parciales y basadas en argumentos demasiado especulativos, condicionadas además la mayor parte de las veces por la proyección histórica o literaria que tuviese el estudio principal. Desde nuestro punto de vista, sin embargo, el papiro en este sentido al menos no ha sido analizado en toda su amplitud y, como señalaremos a continuación, presenta ciertas particularidades que creemos que pueden arrojar algo de luz al respecto.

5. UNA NUEVA PROPUESTA DE INTERPRETACIÓN

En primer lugar, parece claro que el texto del papiro no se corresponde con un registro judicial real29, aunque es cierto que comparte con estos un gran parecido, no solo temático sino también formal. Efectivamente, el análisis tipológico que lleva a cabo Coles, Reports, de casi doscientos registros judiciales procedentes de Egipto comprendidos entre el s. III a.C. y el s. IV d.C. —si bien la mayoría son de época imperial— muestra que en ellos, a pesar de existir importantes diferencias dependiendo de la época de redacción, prevalece una estructura expositiva similar, así como un lenguaje estereotipado y formular, que no se corresponde con el del papiro que ahora nos ocupa. En estos documentos se pueden distinguir cuatro partes: 1. la fórmula introductoria, donde se indica la fecha y la localización del proceso; 2. el cuerpo del registro donde se expone la problemática del caso: se identifican las partes implicadas, estas exponen su opinión (en ocasiones en estilo directo), y se narran de manera breve y concisa solo los detalles esenciales; 3. la resolución (κρίσις) de la autoridad juzgadora (que es diferente en cada caso), casi siempre en estilo directo, y 4. una sección final que contiene diversas fórmulas de validación del documento realizadas por el funcionario judicial o el escriba.

El registro judicial del papiro, en efecto, se asemeja en parte a este tipo de documentos, pero también contiene diferencias importantes que ponen en duda su autenticidad. Para empezar, carece de las secciones 1 y 4, que son fundamentales en este tipo de actas, especialmente la primera de ellas. Por otro lado, en el cuerpo del registro también hay divergencias cualitativas. Aquí las partes implicadas no están bien identificadas, excepto Diodemo30, algo que, en un registro judicial, como puede comprobarse, no puede faltar. En los registros judiciales las intervenciones de las partes en estilo directo, cuando las hay, se introducen de manera diversa, pero precisa dependiendo de la época. En el siglo IV d.C. se utilizaba siempre εἶ. (abreviatura de εἶπεν, “dijo”31). Sin embargo, en el texto se introducen siempre con λέγω (6.20, 6.27, 6.12). Por último, todas las intervenciones en estilo directo que se encuentran en la exposición de los hechos32 son especificaciones de lo narrado previamente, por lo que resultan redundantes. En las actas judiciales reales, sin embargo, como hemos dicho, solo se registra la información pertinente de la manera más breve posible, por lo que este tipo de información superflua no tendría cabida.

Por otro lado, como señalamos, al texto del papiro a menudo se le ha atribuido en líneas generales y sin más especificaciones un tono retórico, que, además, también ha servido como argumento en contra de su autenticidad, ya que en los registros judiciales se encuentra un estilo mucho menos elaborado. Sin embargo, esta es una apreciación superficial y parcial que no contempla toda la realidad del texto33, por lo que necesita cierta concreción. En efecto, en él podemos diferenciar una estructura bipartita bien definida, tanto por su forma como por su contenido, y solo la segunda de ellas presenta ese carácter retórico tantas veces destacado.

La primera parte, que se corresponde con el cuerpo del registro en los documentos judiciales, se compone de 45 líneas (pp. 6,3-7,18). Aquí es donde se exponen los hechos ocurridos y se plantea el caso. La segunda parte es algo más breve, está compuesta por 32 líneas (pp. 7,19-8,21). Se trata de la sentencia condenatoria de la autoridad juzgadora (κρίσις). La diferencia más obvia entre ambas es la forma narrativa. Mientras que la segunda parte es un discurso en estilo directo, la primera es esencialmente una narración en estilo indirecto que, no obstante, combina en ocasiones el estilo directo. Naturalmente la diferente forma discursiva de las partes no podría ser razón constitutiva para hablar de dos textos diferentes. No obstante, las diferencias estilísticas entre ellas son demasiado grandes como para suponer una unidad.

En la primera parte la estructura narrativa está muy poco o nada elaborada. Domina la coordinación de proposiciones mediante la conjunción οὖν (6.7, 6.10, 6.17, 6.21, 6.27, 7.3, 7.15) y apenas hay subordinación, excepto en las partes dialogadas34. Por otro lado, hay una repetición tan abundante como innecesaria de términos, ideas y conceptos, que se podrían haber evitado fácilmente: ἀκούομαι (6.14, 7.5), ἀξιόω / ἀξίωσις (6.12, 6.15, 6.19, 7.2, 7.3, 7.17), ἀπολύω (6.13, 6.16, 6.20, 6.22), δεσμωτήριον (6.10, 6.29, 7.4), Διόδημος (6.4, 6.6, 6.7, 6.9, 6.13, 6.15, 6.20, 6.23, 6.25, 6.28, 7.10), Ζεφύριος (6.8, 6.12, 6.14, 6.18, 6.21), λέγω (6.20, 6.27, 6.12), μετὰ τὸ ἀσπάζεσθαι (6.12, 6.19), πόρνη (6.4, 6.8, 7.8, 7.9), προεναιχθῆναι (7.4, 7.5).

En cuanto al léxico empleado, este es común, nada especial y con claros paralelos en la documentación papirológica de la época35. Como resultado tenemos un relato con una composición un tanto ingenua, un tono monótono, repetitivo, descriptivo y, en definitiva, con pocas o ninguna aspiración literaria36.

En este sentido, el contraste con la segunda parte es muy grande. Aquí el estilo está mucho más cuidado y estructurado, con un uso habitual de la subordinación37. Se utiliza un rico vocabulario, escogido intencionadamente para cada ocasión y cargado, además, de resonancias poéticas. Es el caso de ἀπέσφαξας, literalmente “degollaste”, un verbo con claros ecos homéricos38, que da comienzo a la intervención del juez y con el que se reincide en la brutalidad del crimen. El acusado es denominado αὐθέντης (8.3), “responsable de una muerte”, una palabra de la que no hay testimonios papiráceos, pero que sí es habitual en los autores clásicos39. A su vez, el término μαρτύρημα, “testimonio” (8.5), con el que se alude a la penosa vida y triste final de la víctima, es un término poético que debía de tener reminiscencias muy especiales, ya que solo está atestiguado en las Suplicantes de Eurípides (1204). El mismo valor deben tener los adjetivos sustantivados δυσδέμ̣ονα (pro δυσδαίμονα, 7.24) y σεμονóν (pro σεμνόν, 8.7), que tienen un uso muy habitual en la tragedia40. La condena a “que seas abatido por la espada” (ξίφι σαι [pro ξίφει σε] καταβληθηναι, 8.10), una pena nunca testimoniada en las actas judiciales41, evoca claramente los poemas homéricos, donde tanto ξιφός —escasamente atestiguado en la documentación papirológica42— como καταβληθῆναι son usados con cierta frecuencia, especialmente el primero43.

Ya no se dan las repeticiones innecesarias44 tan comunes en la primera parte, se evita el lenguaje ofensivo y en su lugar se utilizan eufemismos. El juez ya no se refiere a la víctima como “prostituta” (πόρνη), un término con cierto carácter despectivo45, sino como “mujer” (γύναικα, 7.20), “desdichada” (δυσδέμ̣ονα, 7.24), “desvalida” (γυμνῆς, 8.4) o “difunta” (τῆς ἀπελθούσης, 8.13). En la única ocasión en que se refiere a ella como prostituta (8.2) —en realidad es una conjetura de Poethke et al.—, se añade el adjetivo “pobre” (πτωχῆς, 8.2), un término poético bien testimoniado en Homero, Hesíodo y otros poetas (v. LSJ s.u.). El contraste entre las dos partes es evidente en el caso de Teodora, la madre de la víctima, que en la primera parte es calificada como γραῦς καὶ πένης (“vieja y “pobre”, 7.5), mientras que en la segunda se utilizan unos términos de uso mucho más restringido y con ecos literarios πενιχρὰ καὶ πρεσβῦτης46 (“necesitada y anciana”, 8.12).

Por otro lado, lejos del tono descriptivo y lineal, en esta parte abundan las figuras retóricas como comparaciones: “se entregaba a los que quisieran como un cadáver” (προσεφέρετο τοῖς βουλομένοις ὡς νεκρά, 7.25); “he reconocido la petición de la desvalida como testimonio para los vivos” (ὡμολόγισα τὸ τῆς γυμνῆς ἀξιούσης / τὸ μαρτύρημα τοῖς ζῶσιν, 8.4-5), “ordeno, como si limpiase / la honorabilidad de la ciudad y del consejo, / que seas abatido” (κελεύω ὥσπερ καθέρων / τὴν τῆς πόλεως καὶ τοῦ / βουλευτηρίου / κόσμησιν … σαι καταβληθῆναι, 8.8-10); hipérboles: “despreciaba la condición humana” (τὴν ἐπ᾿ ἀνθρώποις τύχην ὀνειδίζουσαν, 7.21), e imágenes metafóricas: “comerció con su final” (τὸ δὲ τέλος … ἐκαπήλευεν47, 7.23), “la oprimía la pobreza de su suerte” (ἔπεζεν γὰρ περισσῶς ἡ πενεία τύχης, 7.26, cf. 8,14), “y se vendía a sí misma por un precio deshonroso y la reputación de prostituta” (πωλοῦσαν αὑτὴν πρὸς ἀτιμάζουσαν τιμὴν καὶ φήμην πόρνης, 7.27), “ordeno … que seas abatido por la espada” (κελεύω … ξίφι σαι καταβληθῆναι, 8.8-10), “desvalida”, literalmente “desnuda” (γυμνῆς, 8.4), “difunta”, literalmente “la que se ha ido” (τῆς ἀπελθούσης, 8.13), “que armoniza”, literalmente, “que respira junto a” (συνπνευσάσης, 8.20).

Todo ello en su conjunto contribuye a conformar un estilo elegante, elaborado, grandilocuente y plagado de referencias a autores clásicos, muy alejado, por tanto, de la ingenuidad, sencillez y casi torpeza que caracterizan al de la primera parte. Como resultado en el papiro tenemos un texto muy singular en el que se distinguen por su forma claramente dos bloques que, aunque están vinculados temáticamente, son tan diferentes entre sí desde el punto de vista estilístico que no parecen tener una misma autoría.

Esta dicotomía tan llamativa tampoco se corresponde con la redacción de las actas judiciales reales, donde todas las partes tienen un mismo estilo, ni encuentra fácil paralelismo en otro género literario, incluida la novela. Ahora bien, son precisamente las singulares características del texto papiráceo, esto es, su estructura bipartita, el formato en el que se presenta y la refinada elocuencia de la segunda parte lo que creemos que puede ser indicativo de su naturaleza, que, como ya señaló tentativamente Whitehorne48 y puntualizamos a continuación, parece estar relacionada con ejercicios escolares de introducción al estudio de la retórica (progymnásmata).

Desde época helenística hasta el final de la Antigüedad la forma dominante de educación escolar de las élites sociales, independientemente de las proyecciones profesionales de cada cual, fue la retórica, una formación eminentemente literaria en la que los autores clásicos ocupaban un lugar destacado49. El estudio de esta disciplina comprendía varios niveles en los cuales se fueron desarrollando una serie de ejercicios de creciente dificultad, los denominados progymnásmata, en los que el alumno aprendía y entrenaba diversas habilidades oratorias (p.ej., cómo hacer una descripción, una comparación, una sentencia, una paráfrasis, una fábula, etc.), como paso previo al estudio de los ejercicios retóricos propiamente dichos, llamados μελέται en griego y declamationes en latín, consistentes en la elaboración de discursos ficticios de distinta naturaleza a partir de temas variados50.

Entre estos ejercicios preparatorios había uno de cierta complejidad y marcado carácter literario, que creemos pudo estar en la base de la creación del texto papiráceo: la etopeya. En los cuatro manuales de progymnásmata que hemos conservado51 la etopeya, o prosopopeya como la denominan otros autores, es descrita como la imitación del discurso de un personaje determinado en unas circunstancias concretas:

Teón, 115.12 προσωποποιΐα ἐστὶ προσώπου παρεισαγωγὴ διατιθεμένου λόγους οἰκείους ἑαυτῷ τε καὶ τοῖς ὑποκειμένοις πράγμασιν ἀναμφισβητήτως, οἷον τίνας ἂν εἴποι λόγους ἀνὴρ πρὸς τὴν γυναῖκα μέλλων ἀποδημεῖν, ἢ στρατηγὸς τοῖς στρατιώταις ἐπὶ τοὺς κινδύνους.

“La prosopopeya es la introducción de una persona que emplea palabras que indiscutiblemente son adecuadas a él mismo y a las circunstancias en que se encuentra. Como, por ejemplo, qué palabras diría un hombre a su esposa cuando se va a ir de viaje o un general a sus soldados ante el peligro”.

Como sucedía con todos los progymnásmata, la realización de la etopeya no era libre, sino que estaba bien definida por una serie de reglas fijas que el alumno debía aprender de memoria y utilizar para sistematizar su estructura y contenido52. De hecho, es gracias a ello por lo que es posible identificar su uso recurrente en otros géneros literarios. La segunda parte del texto del papiro parece responder a la preceptiva existente para la composición de este tipo de ejercicio. En efecto, según la clasificación de los tratadistas53 sería una etopeya de un personaje indefinido (ἐπὶ ἀορίστων προσώπων), ya que no se identifica al juez con una persona específica. Además, es doble (διπλή), porque no se trata de un monólogo interior, sino que se dirige a las partes implicadas, Diodemo y Teodora, y mixta (μικτή), ya que mezcla consideraciones legales propias del carácter y profesión del juez (ἠθικαί) y emocionales (παθητικαί), pues este va a mostrar continuamente su opinión personal sobre la situación en la que se produjeron los hechos.

Un requisito básico de las etopeyas es la necesidad de adaptar el discurso no solo al carácter, edad, posición y ocupación de la persona que lo pronuncia, sino también a la situación y a los hechos de los que se habla54. La solemnidad que exige el ambiente en el que se desarrollan los acontecimientos y el propósito que persigue el texto —recordemos que se trata de un discurso deliberativo que fundamenta la actuación del juez— encuentran su reflejo en un estilo elevado y muy elaborado, con un uso recurrente de figuras retóricas55 —tal y como hemos señalado más arriba—, con el que el autor evidencia su carácter persuasivo y al mismo tiempo hace ostentación de sus habilidades compositivas56. Es por ello por lo que el texto también se adecua a la figura del juez, una persona que ocupa un cargo de gran responsabilidad y de la que en principio se espera un alto nivel cultural y un elevado sentido de la justicia.

El discurso del juez se articula en tres bloques principales que parecen seguir las recomendaciones de los tratadistas57 sobre la estructuración del contenido a través de tres ejes temporales: pasado, presente y futuro. El primer bloque, aquel referido al pasado (7.20-8.2), está dedicado a fundamentar la condena —no la culpabilidad del reo, que ya había sido reconocida por él mismo (7.7-8)—. Para ello en lugar de utilizar argumentos legales, los propios y esperables de un juez, se utilizan una serie de consideraciones emocionales que reinciden en lo execrable de los actos cometidos (7.20-8.2) a tenor de la situación de desamparo en la que se encontraba la víctima. A continuación, tras un breve paso por el presente (8.2-8.6), en donde el juez muestra su repulsa por el crimen cometido (8.2-5), se aborda el futuro para imponer una pena acorde no al crimen en sí, sino a las circunstancias de la víctima expuestas previamente y a la petición de su madre (8.6-8.18). El final de su exposición está coronado por una sentencia enunciativa sobre la humanidad y las leyes, que justifica su actuación (“[8.18] … porque las / [19] leyes me lo dictan y la humanidad / [20-21] armoniza con la autoridad de las leyes”), tal y como la aconsejan construir algunos rétores58.

La etopeya fue uno de los ejercicios retóricos con una mayor proyección literaria, esencial en la formación de futuros poetas y prosistas, con el que aprendían a componer discursos adecuados para sus personajes59. Ahora bien, con la compleción de estos ejercicios los autores, más allá de la verosimilitud, lo que buscan es deleitar y hacer alarde de su formación retórica a través de los recursos que tenga a su disposición. En este sentido, habría que pensar que la sentencia del juez es ficticia, producto de la creatividad del autor, sean cuales sean las bases reales en las que se inspiró, aparte de la mímesis del pronunciamiento de un juez. De hecho, el propio contenido apunta en el mismo sentido. En efecto, ya el uso excesivo de argumentos emocionales en lugar de legales en el dictamen pone en duda su autenticidad. Pero más significativo a este respecto es la atención y el respeto que muestra el juez por las circunstancias vitales de la víctima y su madre para emitir el veredicto, una conducta que choca de frente con la percepción negativa de la pobreza y especialmente de la prostitución en la sociedad romana, siempre considerada como actividad deshonesta y, en consecuencia, despreciada60.

La primera parte, en cambio, aquella a la que corresponde un estilo más tosco, parece tener un origen distinto. Aquí es donde se introduce el caso, se presenta a los implicados y se describen las circunstancias en las que se produjo el delito. En principio parece lógico pensar que al igual que la etopeya podría tratase de una ficción. Sin embargo, del mismo modo también parece lógico pensar que si hubiera sido así, producto de la creatividad del mismo autor, nada impediría que el estilo fuera similar. No obstante, la gran diferencia en la expresión unida al hecho de que precisamente ese estilo tosco y repetitivo recuerde al lenguaje estereotipado y formular de los registros judiciales, nos invita a pensar que se trata de la reelaboración de un registro judicial auténtico, que se habría adaptado para dar cabida a los parámetros en los que se va a desarrollar el ejercicio retórico61. La fórmula inicial πρός + acusativo —que aparece también en los otros registros judiciales contenidos en el papiro— en sustitución del encabezado habitual y la indeterminación de los implicados parecen ser adaptaciones para el nuevo formato. También parecen ser adiciones las extensas narraciones en estilo directo, que, como señalamos, son redundantes de lo ya dicho en estilo indirecto62 y que, por lo tanto, no tendrían cabida en un acta judicial, pero que aquí contribuyen a dotar al texto de mayor atractivo gracias a un dramatismo que viene a sumarse al que ya poseía el caso por sí mismo63.

No es posible determinar las circunstancias en las que el texto fue creado ni su propósito particular64. En cualquier caso, lo que parece claro es que lo que en principio eran dos textos con una naturaleza distinta, debido a su inseparable vinculación temática, ya en la propia Antigüedad debieron ser entendidos y difundidos como una sola pieza de cierto valor literario65. En este proceso pudo haber jugado un papel determinante su temática que debía de estar muy en sintonía con los gustos de la época, a juzgar por el interés que despertaban los relatos judiciales de las novelas, con los que guarda grandes semejanzas, tal y como han señalado puntualmente Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”. Y es que esta, después de todo, no es una afinidad casual. La novela griega fue un género muy retórico, nacido al calor del aprendizaje escolar, donde, como cabría esperar, se hace un uso frecuente de diferentes progymnásmata, entre ellos de la etopeya66. Su relación con el texto del papiro, por tanto, es profunda: ambos proceden de un mismo sustrato intelectual y una mentalidad similar.

6. CONCLUSIÓN

El texto papiráceo desde su descubrimiento y publicación en 1904 ha suscitado el interés de un buen número de trabajos, especialmente aquellos relacionados con el trasfondo político y social de la época y el lugar en el que fue puesto por escrito (leyes, criminología, prostitución, tercera edad, pobreza, etc.), ya que estos son temas sobre los que no abundan las fuentes para su conocimiento. En este sentido la determinación del grado de autenticidad de los hechos narrados en él adquiere una mayor relevancia si cabe. Sin embargo, a pesar de ello, esta es una cuestión a la que no se ha venido prestando la merecida atención.

En ocasiones dar una repuesta a esta pregunta resulta ser una tarea difícil o imposible de llevar a cabo, esencialmente debido a la escasez de información que permita avalar con ciertas garantías las distintas hipótesis formuladas. No obstante, el texto papiráceo presenta una serie de características formales relativas a su redacción que nos permiten arrojar algo de luz al respecto. En efecto, como hemos tratado de mostrar, en él desde un punto de vista estilístico se pueden diferenciar claramente dos partes. Esta es una dicotomía tan peculiar y marcada que no puede ser azarosa ni parece obedecer a una determinada intencionalidad por parte del autor. Desde nuestro punto de vista, existen indicios suficientes como para clasificar el texto como una etopeya precedida de los parámetros dentro de los cuales se va a desarrollar. Y, efectivamente, el carácter eminentemente literario de este tipo de progýmnasma nos hace pensar que la parte del papiro que lo contiene es producto de la ficción, fundada en la mímesis de una resolución judicial. Sin embargo, las características estilísticas de la introducción, muy diferentes a las del ejercicio en sí, pero similares a las de las actas judiciales reales, nos parece que es indicio de su autenticidad.

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* El autor quiere dar las gracias a la Dra. Rosa María Cid López por su orientación, guía y entusiasmo, ayuda sin la cual este artículo no se habría realizado. También quiere mostrar su agradecimiento a la doctoranda Elsa González Oslé y a los dos revisores anónimos de este artículo, cuyos útiles comentarios y sugerencias han contribuido a mejorarlo. Los afirmaciones e inconsistencias que puedan permanecer son responsabilidad única del autor.

1. La naturaleza tan variopinta de los textos hace que resulte complicado señalar una razón para su inclusión en un mismo códice, si bien algunos de ellos, como las listas, los recibos de compra y la carta oficial parecen estar relacionados con el suministro de víveres para el ejército, v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 18-19. Otras consideraciones de Poethke et al., Das Aktenbuch, 22, resultan ser más especulativas y poco convincentes, cf. van Minnen, Reseña de “Poethke et al.”, 331.

2. Estas listas, que se han conservado en un estado muy fragmentario, solo están publicadas en Poethke et al., Das Aktenbuch, 25, 36, 37, 41, 43-45, 49, 50, 52 (para la edición) y 100-113 (para la traducción y el comentario). Estos textos generalmente ocupan la mitad superior de las hojas, precisamente la zona más deteriorada, con una escritura apresurada y poco cuidada, v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 112.

3. Todos los textos del códice están revisados y editados en Poethke et al., Das Aktenbuch, el séptimo registro judicial, también en Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, y los registros 1 a 6, también en Papathomas y Kanavou, “P. Philammon”.

4. V. Poethke et al., Das Aktenbuch, 12-18.

5. A juzgar por el número de veces que aparece mencionado en los textos, se viene considerando que este Aurelio Filamón era el propietario del códice, v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 22.

6. V. Poethke et al., Das Aktenbuch, 10-11, cf. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 458.

7. Los títulos προπολιτευόμενος y πολιτευόμενοι están bien testimoniados en la documentación papirológica de Egipto durante el s. IV d.C. para referirse al jefe y los miembros de la curia de una ciudad (v. Worp, “Αρχαντες”). El término ἐπαρχιῶται, por su parte, aparece utilizado en siete ocasiones en papiros procedentes de Egipto, datados entre finales del s. III y la primera mitad del s. IV d.C. (v. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 458), para hacer referencia a personas originarias de Egipto y residentes en Alejandría, pero que no son ciudadanos de pleno derecho, v. Wenger, “Strafprozesse”, 77 (cf. Mason, Greek terms, s.u. ἐπαρχιώται, “provincialis”). Para más detalles sobre la datación de los registros judiciales, v. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 458-61.

8. Estos textos fueron copiados en el códice por un escriba distinto de los que copiaron los demás (v. v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 14), aunque su copia parece datar de la misma época, v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 11.

9. Una imagen en alta resolución de las distintas hojas del papiro puede verse en la página del proyecto Berlpap.: Berliner Papyrusdatenbank (https://berlpap.smb.museum/02775/). Para una descripción física del códice del papiro, v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 4-9.

10. En el aparato crítico marcamos los términos corregidos sobre el papiro mediante la abreviatura corr. ex. (“corrección a partir de X”): p.ej., ἀληθής corr. ex αληθες (6.17), ἐξῆλθεν corr. ex εξερθεν (6.18), αἰσχρῶς corr ex. ασσχρως (7.20), τὸ corr.ex τὸν (8.5); y entre corchetes dobles “⟦…⟧” las letras eliminadas por el corrector antiguo: p.ej. π⟦ρ⟧ολιτευόμενον (6.3).

11. Los términos del texto que han sido corregidos de este modo son: 6.1 π⟦ρ⟧ολιτευόμενον, 6.19 ἔνδ⟦ι⟧`η´μοι (η supra ι scripta), 6.29 δεσμωτ⟦ε⟧`η´ριω pap. (η supra ε scripta) y 7.5 προεναι`χ´θειη (χ supra ι scripta).

12. Estas faltas en el papiro son muy numerosas, la mayoría de ellas son errores comunes en otros documentos, relacionados con el cambio de pronunciación de las letras. En el cuerpo del texto mantenemos la lectura del papiro, mientras que en el aparato crítico señalamos la forma correcta: p.ej., Ἀλεξανδρεὺς pro Ἀλεξανδρέα (6.4), δεσμωδηρίῳ pro δεσμωτηρίῳ (6.10), Διόδιμε pro Διόδημε (7.20).

13. En 8.15 una mano posterior ha corregido el término θυγατέραν (ac.) quitándole la letra final “ν”, entendiendo que debería decir θυγατέρᾳ (dat.). Ahora bien, la corrección es errónea, pues el verbo ἀποστερέω, de quien depende el sustantivo, se construye con acusativo de persona y no con dativo (v. DGE s.u.). Αdemás, en la línea anterior está el artículo τήν que determina a este sustantivo. Poethke et al., Das Aktenbuch, 32 (ap. crit.) y Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 455 (ap. crit.) dan por buena la corrección θυγατέρᾳ, lo cual es incorrecto.

14. Los símbolos utilizados son: [ ] laguna del papiro; ⟦ ⟧ texto eliminado por una corrección antigua hecha sobre el papiro; { } texto eliminado por el editor moderno; < > adición del editor moderno; . … letras ilegibles; ν̣α̣ι̣ letras cuya lectura no está clara; `χ´ letras añadidas encima de la línea del texto.

15. La lectura προπολιτευόμενον, que traducimos como “jefe de la curia” (v. Bagnall, Egypt, 61, y Poethke et al., Das Aktenbuch, 80), es producto de una conjetura de Wilcken, “Papyrus-Urkunden”, 303, a partir del texto del papiro προλιτευόμενον. Schubart, “BGU 4.1”, 18, en cambio, prefiere πολιτευόμενον, “miembro de la curia”, siguiendo una corrección del propio papiro, que eliminó la letra “ρ”: π⟦ρ⟧ολιτευόμενον. En cualquier caso, aunque προπολιτευόμενον es preferible, cualquiera de las dos lecturas no altera el sentido general del texto ni su datación.

16. Aunque el texto está dañado en este punto, a juzgar por el contexto, desde nuestro punto de vista, el sujeto de esta oración al igual que el de 7.2 parecen ser los ciudadanos (ἔνδημοι, 6.19) o los extranjeros y provinciales (ξένοι καὶ ἐπαρχιῶται, 6.24), que son quienes piden que Diodemo no sea liberado. No parece en cambio que sean los curiales (πολιτευόμενοι, v. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 456), ya que son precisamente ellos los que exigen la liberación del acusado. Tampoco parece apropiado entender que estas sean palabras de Cefirio —que había comenzado a hablar en 6.22—, en referencia a lo que le dijeron terceras personas (v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 74-6), pues el οὖν con el que comienza la frase debe estar marcando, como en otras ocasiones, el inicio de una oración sintáctica y temáticamente independiente.

17. Como en el pasaje anterior, Poethke et al., Das Aktenbuch, 74-6 (cf. Kanavou-Papathomas “An Alexandrian Murder”, 456) entienden que esta frase estaba en boca de Cefirio que estaría reproduciendo lo que le dijeron los ciudadanos de Alejandría. No obstante, al igual que antes, parece más bien formar parte de la narración en estilo indirecto, toda vez que está precedida de οὖν, que en el texto del papiro parece señalar el inicio de oraciones independientes en estilo indirecto.

18. Se trata de un pasaje muy dañado en el que es difícil apreciar el sentido original. Traducimos de la manera más literal.

19. La lectura de Poethke et al., Das Aktenbuch, 78, διεγγυᾶσθαι, “ser liberado mediante una fianza”, a pesar de ser muy apropiada para el contenido, no es paleográficamente posible, v. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 456.

20. No está clara la autoridad representada por el encargado de emitir la sentencia aquí denominado ἡγεμών. Es probable que, como señalan Poethke et al., Das Aktenbuch, 56, se trate de un término genérico utilizado para el funcionario principal del tribunal, que, por otro lado, no es posible determinar con seguridad, cf. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 460, con bibliografía.

21. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 457, creen que aquí se está haciendo referencia a la víctima y no a su madre (Poethke et al., Das Aktenbuch, 76), que no es introducida en el discurso del juez hasta varias líneas después en 8.11. Aunque este argumento resulta convincente, lo que no está claro es el contenido de la “petición” de la víctima, que, según ellos, no sería una petición legal, sino moral en el sentido de que su muerte sea una lección para los vivos.

22. V. Schubart, “BGU 4.1”, 14; Wilcken, “Papyrus-Urkunden”, 302; Wenger, “Strafprozesse”, 306; Taubenschlag, Das Strafrecht, 109-10; McGinn, Prostitution, 133; Rowlandson, Women and Society, 271.

23. V. Brassloff, “Zur Lehre”, 384; Keenan, “Roman”, 20; Bagnall, Egypt, 197, n. 87; Whitehorne, “Sex and Society”, 245; Montserrat, Sex and Society, 132-5; Poethke et al., Das Aktenbuch, 83; van Minnen, Reseña de “Poethke et al.”, 331.

24. Para resumen de las peculiaridades de cada propuesta, véase Poethke et al., Das Aktenbuch, 55-6, y Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 466-8.

25. Cf. Poethke et al., Das Aktenbuch, 76-83.

26. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 461-464, principalmente hacen referencia a los 13 juicios que aparecen en las cinco novelas conservadas (Caritón de Afrodisias, Quereas y Calírroe, s. I; Jenofone de Eféso, Efesíacas, s. I; Aquiles Tacio, Lucipa y Clitofonte, s. II.; Longo, Dafnis y Cloe, ss. II-III; Heliodoro de Émesa, Etiópicas, s. IV), estudiados por Schwartz (2004).

27. V. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 463 y 466-8.

28. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 467-8.

29. Cf. Keenan, “Roman”, 20, Poethke et al., Das Aktenbuch, 55, n. 4, y Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 466.

30. Hay que tener en cuenta que incluso en este caso hay un intento de indeterminación a través de la adición de τινά: [π]ρός τινα προ<πο>λιτευ̣ό̣μενον καλούμενον / Διόδημον, “Contra cierto jefe de la curia llamado / Diodemo”.

31. V. Coles, Reports, 44.

32. 6.22-26 (Cefirio, autoridad policial), 6.28-7.3 (ciudadanos de Alejandría), 7.13-7.18 (Teodora, madre de la víctima).

33. Los análisis más amplios del estilo del texto son los de Poethke et al., Das Aktenbuch, 84, y Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 465-6, y, aun así, distan mucho de ser detallados.

34. En las 45 líneas solo hay tres subordinadas, dos en las partes dialogadas (7.14, oración final introducida por ἵνα, 6.15, subordinada causal con ἐπεί, v. infra) y una en el relato en estilo indirecto (6.17, oración temporal con ὅτε).

35. V. Poethke et al., Das Aktenbuch, 77-8, y Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 458-60.

36. No está nada claro el valor literario que Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 458-60, proponen para los pasajes ἥσθει … πρὸς τῆς πόρνης (6.5-6), Θεοδώρα τις γραῦς καὶ πένης (7.9), παραμυθίαν (7.12) y ἀξιῶ (7.17).

37. Aunque esta parte es más breve que la anterior, 32 líneas, aparecen cinco oraciones subordinadas: dos causales introducidas por ὅτι (7.22 y 7.25), una final introducida por ἵνα (8.5) y dos oraciones de relativo (8.13 y 8.16).

38. El verbo (ἀπο)-σφάζω, “degollar”, muy habitual en Homero, es un término propio del lenguaje de los sacrificios, donde se utiliza para referirse al modo de sacrificar a la víctima, pero pronto pasó a utilizarse también para referirse a otros tipos de muerte violenta, v. DELG s.u. σφάζω.

39. Hdt. 1.117, Th. 3.58, E. Rhes. 873, A. Ag. 1573, Eu. 212, (v. Poethke et al., Das Aktenbuch, 84).

40. A. Th. 827, E. Ph.1615, S. Ant. 274, etc. (v. DGE s.u.); y A. Th. 800, S. OC. 55, Ai. 837, E. Or. 410, etc. (v. LSJ. s.u.), respectivamente.

41. V. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 460.

42. Tan solo se documenta en dos ocasiones en los papiros v. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 460, n. 36.

43. Hom. Il. 1.194, 4.530, Od. 16.80, etc. y Hom. Il. 2.414, Il. 15.357, Od. 672, etc., respectivamente. v. LSJ s.u.u. ξίφος y καταβάλλω.

44. La única repetición que parece innecesaria (cf. Διοδήμος 7.20 y 8.18) es la de βουλευτήριον (8.7 y 8.9). Ahora bien, el hecho de que aparezca de manera aislada en esta parte del texto, en líneas muy próximas entre sí y además en sintagmas semejantes (τοῦ βουλευτηρίου), invita a pensar que una de ellas pueda ser producto de un error del copista.

45. Con el término πόρνη (< πέρνημι, “vender”) se hacía referencia en griego a la prostituta “de bajo nivel” que ejercía su oficio en la calle o en un burdel y que tenía una baja consideración social, en contraposición a la denominada ἕταιρα, “compañera”, que era una prostituta “de lujo”, que cobraba grandes sumas de dinero y se podía permitir seleccionar a sus clientes; para una discusión detallada, v. Kurke, “Inventing”.

46. El adjetivo πενιχρά es un término poético, ya testimoniado en Homero (Od. 3.348) y Píndaro (Ν. 7.19), entre otros poetas líricos, v. LSJ. s.u. πενιχρός. En cuanto a πρεσβῦτης (pro πρεσβῦτις), se trata de un derivado de πρέσβυς, “persona importante”, y, por extensión se refiere también a persona anciana (v. DELG s.u. πρέσβυς), muy diferente, por tanto, del adjetivo γραῦς que únicamente hace referencia a la edad.

47. El verbo καπηλεύω, bien testimoniado en los autores clásicos (Hippon. fr. 79.18 Deg., A. Th. 545, E. Hipp. 953), es un derivado de καπηλός, un término utilizado en griego para referirse de manera genérica a los pequeños comerciantes que, además, no gozaban de buena fama debido sus prácticas deshonestas en el desarrollo de sus negocios, v. Verdejo Manchado, Léxico, 82.

48. Whitehorne, “Sex and Society”, 245.

49. Para una panorámica general de la formación retórica en la Antigüedad, v. Marrou, Historia de la educación, 256-69.

50. Sobre los progymnásmata, su uso, organización y desarrollo existe una amplia bibliografía que es discutida y actualiza en los trabajos más actuales de Cichocka, “Progymnasma”, 991-6, Webb, “The Progymnasmata”, y Fernández Delgado, “Influencia literaria”, 452-63.

51. Elio Teón (ss. I/II d.C.); Hermógenes de Tarso (s. II d.C.), Aftonio de Antioquía (s. IV d.C.), Nicolás de Mira (s. V d.C.).

52. Para una comparación entre las reglas compositivas señaladas en los distintos manuales de retórica conservados, v., p.ej., Miguélez-Cavero, Poems, 316-9, con bibliografía. También conservamos un buen número de consideraciones que hicieron otros rétores en la Antigüedad sobre la etopeya en trabajos de diverso tipo (v. Ventrella, “L’etopea”), si bien todas estaban orientadas en el mismo sentido que las anteriores.

53. Teón, 115.14-19, Hermógenes 20.19.

54. Teón, 116,15, Hermógenes, 21.

55. El uso de figuras retóricas es recomendado por Hermógenes 22, aunque desaconsejado por Aftonio, 35 R.

56. En este sentido no hay que pasar por alto que el tono grandilocuente del texto se consigue en parte gracias a las continuas referencias literarias a autores clásicos, donde, como hemos visto, ocupan una posición destacada Homero y Eurípides, precisamente los autores preferidos en el aprendizaje escolar, v. Pordomingo, “La recepción de Eurípides”.

57. Hermogenes, 21–22; Aftonio, 35 R.; Nicolás, 65–66.

58. Aftonio, 7 R., cf. Teón, 117,7. Sobre el progýmnasma de la sentencia (γνώμη), v. Gibson, Libanius’s, 87.

59. Sobre la repercusión que tuvieron algunos progymnásmata, como la etopeya, en la literatura, v. Fernández Delgado, “Influencia literaria”, 463-71.

60. Para una discusión actualizada sobre la percepción de la pobreza y la prostitución en el mundo romano, v. Cid López, “Vetulae, con bibliografía. A esto, además, habría que sumar el hecho de que se condene a muerte “por la espada” a Diodemo (ξίφι σαι καταβληθῆναι, 8.10), una sentencia con claros tintes dramáticos que no tiene paralelos en la documentación papirológica (v. Kanavou-Papathomas, “An Alexandrian Murder”, 460), que resulta más llamativa aún si se tiene en cuenta que Diodemo es un alto cargo político de la ciudad.

61. En los manuales de retórica, la introducción del progýmnasma de la etopeya estaba compuesta por la pregunta formular τίνας ἂν εἴποι λόγους; —o alguna de sus variantes (v. Fournet, “Une éthopée”, 255)—, seguida del nombre del personaje y las circunstancias en las que se produciría el discurso, esto es, ¿qué diría X en una situación Y? Esta breve fórmula es habitual dentro del ambiente escolar y factible en tanto que el personaje y las circunstancias sean bien conocidas, o en el caso de que la situación descrita no entrañe cierta complejidad, como sucede en los 27 ejemplos de etopeyas del rétor del s. IV d.C. Libanio, 8 p. 372 ss. F. (v. Gibson, Libanius’s, 355-452). Fuera de estos parámetros, se plantean otras alternativas, es decir, la forma del enunciado del ejercicio va a depender del lugar en el que aparece. Así sucede, por ejemplo, en la novela, un género literario que hace un uso abundante del progýmnasma de la etopeya (v. Fernández-Garrido, “Etiópicas”, 107-11, con bibliografía), y donde lógicamente el contexto y el personaje imitado están definidos en el propio relato. En el texto papiráceo la forma y extensión de la introducción de la etopeya quizás sean indicativo de que su creación no está relacionada con la escuela, si bien la complejidad del caso y el intento de imitación de un acta judicial sin duda también debieron condicionarla.

62. Cabe señalar, además, que estas intervenciones son introducidas no con εἰ. (εἴπον), como era habitual en la época en los registros judiciales (v. supra), sino por λέγω, y que es precisamente aquí donde aparezcen dos de las tres oraciones subordinadas que hay en esta parte (v. supra).

63. Esta, además, pudo ser la razón por la que el caso fue escogido para el ejercicio. De hecho, los demás procesos judiciales contenidos en el papiro (v. supra), allí donde puede apreciarse, parecen tener una temática igualmente peculiar: los casos 1 y 6 son demasiado fragmentarios, en el segundo caso la acusada es una mujer que, sorprendida por su marido en pleno adulterio, mató a su propio marido o al adultero; en el tercero el acusado es un hombre que ha profanado un cadáver enterrado a expensas del erario público; el cuarto parece tratar un crimen pasional; en el quinto caso se describe un proceso contra un soldado que se casó con una madre y una hija.

64. Uno de los revisores anónimos de este artículo señala que, dados los conocimientos avanzados sobre leyes que parece tener el autor del texto, quizás pueda tratarse de una μελέτη, esto es, el ejercicio de declamación para el que preparan los progymnásmata (v. supra). Es cierto que, desde este punto de vista, es probable que pueda tratarse de una declamación de este tipo compuesta íntegramente por una etopeya. Sin embargo, los datos analizados no permiten aventurar más de lo dicho. Lo que nos parece más seguro es que el texto se corresponda con el ejercicio preparatorio antes mencionado. Ahora bien, que ese ejercicio constituyese, a su vez, una μελέτη es algo que no podemos desmentir ni apoyar más allá de la evidencia mostrada.

65. Independientemente de cuál fuera su propósito inicial, las dos correcciones a las que fue sometido el texto (v. supra) indican al menos que existía cierto interés por la preservación del texto.

66. V., p.ej., Fernández-Garrido, “Etiópicas”, 107-11, con bibliografía